Convocada la concesión de subvenciones para la integración cooperativa agroalimentaria para 2019

4 marzo, 2019

El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana ha publicado hoy la Resolución de 26 de febrero de 2019, del director general de Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se convoca para el año 2019 la concesión de subvenciones para la integración cooperativa agroalimentaria en la Comunitat Valenciana.

Beneficiarios

Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones:

  1. Cooperativas agroalimentarias, o las cooperativas de segundo grado constituidas mayoritariamente por cooperativas agroalimentarias, resultantes de un proceso de fusión. Las entidades participantes en el proceso podrán ser, aparte de cooperativas o escisiones de las mismas, sociedades civiles o mercantiles.
  2. Las cooperativas de segundo grafo constituidas mayoritariamente por cooperativas agroalimentarias.
  3. Los grupos constituidos mayoritariamente por cooperativas agroalimentarias
  4. Las sociedades mercantiles en las que, al menos el 50% de sus personas socias sean cooperativas agroalimentarias y ostenten más del 50% de los derechos de voto de la entidad.
  5. Las cooperativas agroalimentarias que se integren en cualquiera de las entidades resultantes descritas en las letras b, c y d. En este caso, los únicos conceptos subvencionables serán la maquinaria y bienes de equipo que deban adquirir, de acuerdo con lo establecido en el Plan de Integración.
Cuantía de las subvenciones

La Resolución establece que las líneas e importe global máximo de las subvenciones son los siguientes:

Mejora de las estructuras de las cooperativas: fusión e integración.

Código línea: S8164000. Importe global máximo: 500.000,00 €.

Código línea: S1366000. Importe global máximo: 657.263,34 €.

Las solicitudes presentadas al amparo de la línea S1366000, podrán tener carácter plurianual, hasta un importe global máximo de 767.550,00€ para 2020.

Plazo y forma de presentación de solicitudes
  • El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta resolución en el DOGV.
  • Las solicitudes se presentarán de manera telemática a través del siguiente enlace: http://www.gva.es/es/proc14542
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